“El Nuevo Reglamento Europeo Protección de Datos, un reto para las empresas”.
Acto entrega del premio protección de datos en el diseño 2016.
El pasado Lunes 20 de Junio, tuvo lugar en el Parlament de Catalunya la jornada organizada por la APDCAT sobre el Nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos. Nuestros técnicos en protección de datos Miquel López, Enrique Muñoz y Jordi Ruiz asistieron al evento, en representación del Grupo Qualia.
Las grandes novedades del Nuevo Reglamento Europeo Protección de Datos fueron la gran atracción de la jornada, plasmadas por los conferenciantes en los puntos sobresalientes:
- Wilbert Tomesen, Vicepresidente de la Autoridad Holandesa de Protección de Datos, nos deleitó con su ponencia la privacidad por el diseño, donde la previa evaluación del impacto será de vital importancia a la hora de implantar los protocolos de seguridad en protección de datos en la empresas. Igual o más importante es la gran novedad de notificar las violaciones de seguridad en un plazo no superior a 72 horas en el rgpd.
- “La protección de datos no es un coste, es una inversión”, según palabras del ponente Ricard Martínez, pudimos descubrir la verdadera esencia de nuestro tejido empresarial, siendo en su gran mayoría pequeñas y medianas empresas (pymes).
- El DPO (Delegado de Protección de Datos), informar con más transparencia, derecho al olvido, portabilidad, análisis de riesgo…, así como la diligencia en los procesos son las principales novedades del Nuevo Reglamento Europeo de protección de datos plasmadas por el conferenciante Rodolfo Tesone.
Novedades del nuevo Reglamento Europeo Protección de Datos
- El nuevo Reglamento Europeo Protección de Datos incluye la realización de Evaluaciones de Impacto sobre la protección de datos (aplicables de forma obligatoria en ciertos tratamientos) tiene carácter previo a la puesta en marcha de los mismos y tiene como objetivo minimizar los riesgos que un tratamiento de datos plantea para los ciudadanos.
- El Reglamento requiere que las personas cuyos datos se tratan presten su consentimiento mediante una manifestación inequívoca o una clara acción afirmativa. Esto excluye la utilización del llamado consentimiento tácito. Los consentimientos con anterioridad a la fecha de aplicación del RGPD sólo seguirán siendo válidos como base de tratamiento si se obtuvieron respetando los criterios fijados por el Reglamento.
- El Reglamento describe que los Delegados de Protección de Datos (DPD) sean nombrados en función de sus cualificaciones profesionales, en especial su conocimiento en materia de protección de datos, y su capacidad para el desempeño de sus funciones. Sin embargo, no establece específicamente cuáles han de ser esas cualificaciones profesionales ni tampoco el modo en que podrán demostrarse ante las organizaciones que deban incorporar esta figura.